Matrimonio gay: la recta final

La demanda contra el artículo 113 del Código Civil.

El próximo martes 26 de julio vence el plazo para que la Corte Constitucional decida sobre la opción del matrimonio para parejas del mismo sexo. Un polémico tema con posiciones irreconciliables.


La primera vez la Corte Constitucional se declaró inhibida de fallar por error en la demanda. Pero este martes se vence una vez más el plazo para dictar sentencia sobre uno de los asuntos más controvertidos de la sociedad contemporánea: la posibilidad de que las parejas del mismo sexo puedan contraer matrimonio. Un tema que causa prejuicios, pero ya ha sido asumido en varios países. Ahora llega a Colombia en medio de la oposición de las iglesias, el respaldo de algunas organizaciones sociales y la expectativa de un país que se dice incluyente.

Se trata de una demanda presentada por Colombia Diversa, DeJusticia y un grupo de ciudadanos contra el artículo 113 del Código Civil, que reza: “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”. Los demandantes pretenden que se declaren inconstitucionales las expresiones “un hombre y una mujer” y “de procrear”. Eso permitiría que dos personas del mismo sexo puedan establecer una relación de pareja frente a la ley, con los efectos y beneficios civiles que ello implica.

Una opción a la que se opone el procurador Alejandro Ordóñez, quien en reiteradas ocasiones ha manifestado que “la procreación es el fin primordial del matrimonio y que por eso las parejas del mismo sexo no constituyen familia”. Otros opositores creen que la orientación homosexual es antinatural. Una orilla conceptual en la que también se sitúan los representantes de las iglesias católica, ortodoxa griega, anglicana, metodista y evangélica. De hecho, el pasado viernes, agotando sus últimos cartuchos y a instancias de la Conferencia Episcopal, pidieron a la Corte que falle en contra del matrimonio entre personas del mismo sexo.

En la otra esquina, con una fuerte campaña rosa, sobre todo en redes sociales, detrás del sí están los que independientemente de su orientación sexual se preguntan: ¿qué razón hay para que no exista el matrimonio entre parejas del mismo sexo en una sociedad pluralista? Es el caso del director del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, Rodrigo Uprimny, quien considera discriminatorio no dar oportunidad de casarse a las parejas del mismo sexo. Él cree que el matrimonio no sólo es para la procreación. “Si fuera así, habría que prohibir el matrimonio de parejas estériles o de quienes no quieran tener hijos”.

No es la primera vez que a la Corte Constitucional le ha correspondido pronunciarse sobre los derechos de las parejas del mismo sexo. Esta es una batalla jurídica que ya lleva más de 15 años, aunque sólo en 2007 empezó a tener aires de victoria en Colombia. Ese año, en respuesta a una demanda ciudadana, se comenzaron a reconocer sus derechos patrimoniales. Luego, a través de la Sentencia C-029 de 2009, se amparó la protección civil de estas parejas, como compañeros permanentes, en distintos ámbitos: civiles, políticos, penales, sociales, laborales, migratorios y de justicia. Esta sentencia reguló sus deberes sociales.

En cuanto al matrimonio, la primera demanda que reclamó este derecho llegó en noviembre del año pasado. Felipe Montoya y Jaime Luis Verdugo fueron demandantes. Perdieron la pelea porque la Corte Constitucional se declaró inhibida para pronunciarse, al señalar errores de forma. En marzo de este año, luego de corregir las fallas advertidas por el alto tribunal, volvieron a presentar su recurso con asesoría de Colombia Diversa y DeJusticia. Por eso ahora, en criterio de Germán Humberto Rincón, de la Asociación Internacional de Abogados de Gays y Lesbianas, la Corte no puede eludir el tema y debe fallar de fondo.

A escasas horas de la sentencia, aunque puede haber cambios en medio del debate, según los entendidos y de acuerdo con los antecedentes de sus pronunciamientos, ya se advierten algunas cartas. Por el sí estarían María Victoria Calle y sus colegas Luis Ernesto Vargas, Iván Palacio y el actual presidente de la corporación, Juan Carlos Henao. En contra, Gabriel Mendoza, ponente, Nilson Pinilla y Jorge Pretelt. En tal caso, la decisión estaría en manos de los magistrados Humberto Sierra y Mauricio González, a quienes se advierte indecisos. En su más reciente decisión sobre este tema, el alto tribunal amparó el derecho a heredar entre parejas del mismo sexo.

Ya son diez los países del mundo que permiten el matrimonio entre parejas del mismo sexo (ver balcón), bien sea a través de una ley federal o en algunos de sus estados. A nivel de América Latina, sólo existe en Argentina y en el Distrito Federal, en México. Pero igual es un debate que se abre paso en el orden mundial. Una larga batalla con incontables capítulos de censurable persecución, al punto de que en algunas épocas, incluso en Colombia, el homosexualismo llegó a ser considerado un delito. Además, han sido múltiples los proyectos de ley que se han presentado para regular el tema, sin que haya existido voluntad política para sacarlo adelante.

Ahora, una vez más la Corte Constitucional debe decidir sí, como lo afirman los demandantes, al desconocer la posibilidad de que las parejas del mismo sexo regularicen su situación a través del matrimonio, el Estado está desconociendo los derechos a la vida digna, la igualdad, la libre asociación, la prohibición de tratos crueles e inhumanos y la coartación de su libre desarrollo de la personalidad. Una controversia con posiciones encontradas, muchas veces sin término medio. Por eso son los guardianes de la Carta Política quienes tienen la opción de aportar la última palabra.

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En apenas 10 de los 205 países que hay en el mundo está permitido el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Los Países Bajos se convirtió, en 2001, en el primero en reconocerles este derecho a sus ciudadanos y ciudadanas homosexuales y darles el sí a sus parejas amadas. El último que legalizó fue Argentina el año pasado y con ello se convirtió en el primer país de América Latina en hacerlo.

Además de estas dos naciones, el matrimonio homosexual es legal en Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica —el único Estado africano donde lo es—, Noruega, Suecia, Portugal e Islandia. También lo es en los estados de Nueva York, Nueva Hampshire, Massachusetts, Connecticut, Iowa, Vermont y Washington D. C. (EE.UU.) y en el Distrito Federal mexicano.

No obstante, la homosexualidad se sigue considerando un delito en alrededor de 80 países en el mundo.

La adopción homoparental

Curiosamente son más los países que aprueban la adopción homoparental —es decir, que les permiten a sus ciudadanos homosexuales adoptar— que los que aprueban el matrimonio entre parejas del mismo sexo. Son 15 las naciones que les reconocen este derecho a sus ciudadanos y ciudadanas homosexuales: Andorra, Argentina, Bélgica, Brasil, Canadá, España, Guam, Islandia, Israel, Noruega, Países Bajos, el Reino Unido, Sudáfrica, Suecia y Uruguay.

También lo es en por lo menos 20 de los 51 estados de los Estados Unidos y en algunos territorios de Australia.

En Alemania, Finlandia y Francia, aunque no es legal la adopción homoparental, sí lo es el adoptar al hijo de la pareja sentimental.

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